B I O D E R E C H O
Entendemos por bioderecho, la necesaria vinculación entre las ciencias de la vida (biología, medicina, ecología) y la ciencia jurídica. Una simbiosis relativamente nueva, pero, estrictamente necesaria en un mundo dinámico, cambiante y altamente tecnificado como el nuestro.
Cabe señalar que durante siglos, en lo que hace la ciencia jurídica, términos biológicos como genoma, células germinales, embrión o ADN, fueron expresiones ajenas a la disciplina, hoy sin embargo Derecho y Biología, se ven obligados a cohabitar un mismo espacio y a generar reflexiones, si se quiere, bio-jurídicas. Biología y Derecho pues, se convierten en un binomio inseparable, el Bioderecho.
Así pues, el bioderecho representa un nuevo enfoque de lo jurídico, uno que responde a nuevas necesidades derivadas del avance científico y tecnológico, relacionado con las nuevas posibilidades de manipulación de la vida humana. El bioderecho, entonces, está llamado a resolver conflictos relativos a la licitud jurídica respecto de las diversas consecuencias, derivadas, precisamente, del avance tecnocientífico. Visto así, el bioderecho es un medio para tratar de explicar las complicadas relaciones entre el avance científico y la licitud de su aplicación, particularmente en seres humanos, y representa una simbiosis entre la vida y el comportamiento humano. En este orden de ideas, el bioderecho debe transitar un camino de ida y vuelta, uno que va de lo biológico a lo jurídico y de lo jurídico a lo biológico. En nuestro concepto, el bioderecho representa una vinculación interdisciplinaria que hasta hace poco parecía innecesaria, pero que, sin embargo, ante el avance científico (particular, pero no exclusivamente) con relación al inicio y el fin de la vida humana, hoy resulta ineludible. Así, el bioderecho está llamado a enfrentarse a una realidad polifacética, compleja y mutante, una realidad en constante cambio, que requiere ser analizada desde una óptica biojurídica.